JOSEFINA MOLINA ALBERT

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Josefina Molina "Separaciones y Divorcios" Elche


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SEPARACIONES Y DIVORCIOS

 

Visítenos sin compromiso alguno y le atenderemos sobre las cuestiones mencionadas, asimismo, le ayudaremos a encontrar la mejor respuesta a las preocupaciones y dudas :

 

 

¿Quién tiene la custodia de los hijos?

- En caso de que usted tenga hijos y se divorcie, probablemente le surjan cuestiones sobre quien de los dos progenitores puede tener la custodia o si la misma puede ser compartida, nuestra amplia experiencia nos permitirá asesorarle sobre la misma, sea para compartirla entre ambos progenitores u obtenerla en exclusiva.

 

¿Cuándo podré ver a mis hijos? ¿Régimen de visitas?

- Le ayudaremos a establecer un régimen de visitas práctico y cómodo acorde a sus obligaciones familiares y laborales, así como con las escolares de sus hijos. Nuestro objetivo será garantizar, que usted pueda disfrutar el máximo de tiempo posible de la compañía de sus hijos, permitiéndole a su vez organizar su vida privada y ello de una forma intuitiva que evite cualquier tipo de dudas o disputas.

 

Ante Juzgados de Familia , y ante Juzgados de Violencia sobre la Mujer

 

Divorcio amistoso .: Divorcio de mutuo acuerdo, o divorcio amistoso (voluntario), es aquel que es solicitado por ambas partes, o por lo menos buscando el consentimiento de la otra parte con ratificacion judicial y posterior Sentencia.


SEPARACIONES, DIVORCIOS Y MEDIDAS DE GUARDIA Y CUSTODIA EN PAREJAS DE HECHO.

 

El divorcio contencioso.:

en cuanto a la mediación “ Los cónyuges

podrán optar voluntariamente a una mediación , por un mediador designado por

ellos mismos o mediante el Juzgado designando el Organismo mediador del

Colegio de Abogados.

 

 

La custodia de los hijos .:

El principio básico a tener en cuenta será el interés del menor, apreciando capacidad económica, tiempo disponible para el cuidado de los hijos, cercanía al entorno familiar previo...

 

Nulidad.:

Es la declaración judicial en la cual se determina la invalidez del matrimonio

Pensión alimenticia .:Es preceptivo la solicitud de pensión alimenticia al cónyuge que no tenga la custodia de los hijos para que colabore con las cargas familiares.

 

DIVORCIO EXPRESS

 

La reforma aprobada en julio de 2005 evita el paso previo de la separación y multiplica el número de rupturas en apenas medio año La única reforma que ha sufrido la Ley del Divorcio desde que se aprobara en nuestro país en 1981 tuvo lugar en julio del pasado año y los resultados hablan por sí solos. A pesar de que el papeleo a presentar es el mismo, los plazos se acortan considerablemente, lo que ha provocado que el número de rupturas aumente: durante 2005 se rompieron en España 141.424 parejas, un 9,82% más que el año anterior. Según el INE, en estos momentos se presentan un 80% de demandas de divorcio, frente a un 20% de demandas de separaciones. ¿A qué se debe este cambio? Con la nueva normativa se mantiene la figura de la separación para aquellas parejas que la soliciten, pero no es un requisito previo, esta es la principal novedad. Ahora se puede solicitar directamente el divorcio transcurridos tres meses desde el matrimonio, esta es la razón por la que el número de rupturas se ha multiplicado en apenas seis meses. No obstante, esta reforma no ha quedado exenta de polémica, principalmente porque se cuestiona la regulación de la custodia compartida, presentada por un lado como un gran avance pero que, en la práctica, sólo se reconoce cuando existe mutuo acuerdo entre los cónyuges.

 

EN TAN SOLO 3 MESES...

 

Tras casi 25 años de vigencia, la Ley del Divorcio aprobada en 1981 fue reformada el pasado año. Surgía entonces la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modificaba el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio. Entre sus novedades, la principal es la reducción de los plazos, lo que ha propiciado que ya se la conozca como Ley del divorcio exprés. Con la antigua norma, los matrimonios que querían divorciarse debían esperar un año desde la celebración de la boda para presentar la demanda de separación y, una vez obtenida, esperar otro año para presentar la demanda de divorcio. Tras la reforma y aunque se mantiene la figura de la separación para aquellas parejas que así lo soliciten, se puede presentar la demanda de divorcio, sin separación previa, tan sólo tres meses después de haber contraído matrimonio. Excepcionalmente, se puede presentar la solicitud de divorcio antes de los tres meses, por ejemplo, en casos de violencia doméstica.

 

 

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Ofrecemos asistencia legal de calidad, trato inmediato y personalizado y una solución individualizada a su problema.

 

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Atencion telefonica

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Defensa en juicios y transacciones extrajudiciales,etc..

 

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Josefina Molina abogada y su equipo le atenderan personal y exclusivamente para garantizárle el mejor asesoramiento posible.

 

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